se creó toda una trama de sociedades para realizar facturaciones triangulares y eludir el pago de impuestos.
Otro sistema fue la sociedad Aizoon, propiedad al 50% entre Urdangarín y la infanta Cristina. Allí fueron a parar fondos públicos, que se desviaron del Institito Noos
con el fin de eludir el pago de impuestos. Al mismo tiempo, los gastos
personales de la familia Urdangarín/Borbon experimentaron "un nada
despreciable alivio", según el juez que agrupa las facturas pagadas por
la mercantil Aizoon.
Viaje a Río de Janeiro, del que disfrutó el matrimonio y sus cuatro hijos. Importe: 5.000 euros.
.- Compra de una vajilla a la entidad La Muy Noble y Artística Cerámica de Alcora. Importe: 1.741,55 euros.
.- Adquisición de un cuadro en la Galería Sala Parés en diciembre de 2005. Importe: 4.400 euros.
.- Compra de material didáctico, mobiliario infantil y escolar en mayo de 2005 a la empresa Hermex Ibérica. Importe 1.814,52 euros.
.- Compra de mobiliario diverso a la compañía Rosa Cerveto-Marta Mas en diciembre de 2005 por importe nada menos que de 138.834,60 euros.
.- Adquisición de mobiliario que
aparenta ser para Aizoon pero que fue entregado en la vivienda del
matrimonio Urdangarín/Borbón. La factura es de la empresa Pasi Disseny,
dedicada a las reformas, decoración y restauración y está fechada en
diciembre de 2005. El importe, de 39.567,60 euros, es considerado por el juez como "desmesurado para lo que, todo lo más, sería un despacho fantasma
donde apenas concurrían empleados ni clientes" y del que la infanta
dice que se ha enterado que era un espacio de su casa que tenía cedido a
Aizoon cuando preparó su declaración ante el juzgado.
.- Confección e instalación de cortinas y rieles en el despacho por parte de la empresa Blau Cel Sociedad Particular Civil, en octubre de 2006. Importe de 9.280 euros
.- Compra de cuatro libros de Harry Poter y uno sobre Creatividad,
así como dos ramos de flores y un Iphone exclusivo en el año 2008.
Adquisiciones que, según el juez, no ofrecen discusión sobre quién
debiera de haberlas abonado.
.- Decoración con globos en el domicilio de Urdangarín con motivo de una fiesta de cumpleaños. Contratación de un animador infantil.
.- Pago
en 2007 a la empresa Okeanis, dedicada a la organización de eventos.
Fue contratada por Urdangarín para organizar y decorar una fiesta infantil con motivo del cumpleaños de uno de sus hijos.
.- Contratación, en junio de 2007, de otra empresa de eventos (Kate-Shima Nagata) con destino al cumpleaños de la infanta Cristina.
.- Alquiler de material audiovisual a Sonoestudi, en el año 2008.
.- Compra de un altavoz a Safa Distribución y a Radio Wat.
.- Contratación de un cocktail para
81 personas a la empresa Pearson Point para celebrar el nacimiento de
una de las hijas del matrimonio, acaecido una semana antes.
.- Dos facturas de Charly y Delta por el montaje de carpas de grandes dimensiones
en la vivienda familiar. Una de ellas, de enero de 2008, fue para
celebrar el 40 cumpleaños de Urdangarín. Y la otra para celebrar la
primera comunión de dos de los hijos.
.- Contratación de un cocktail para 50 adultos y 30 niños con motivo de una comunión, oferta recibida por el secretario personal de Cristina de Borbón.
.- Factura de Servicios de Climatación Torres, de enero de 2008, por el alquiler de tres estufas de jardín
por importe de 242,21 euros "y que se antoja harto difícil adjudicar a
la actividad empresarial dwe Aizoon S.L. y sí más bien asociar al
cumpleaños del señor Urdangarin que, como queda dicho, fue tres días
antes", sostiene el juez.
.- Actuación del mimo Pep Bou
el 12 de junio de 2005 que, junto al alquiler del equipamiento de luz y
sonido, "supuso una facturación por importe de 7.888 euros que
inexplicablemente hasta donde se alcanza se cargó a Aizoon S.L.", razona
el auto.
Mención aparte merece para el juez otras facturas encargadas "especialmente" por la infanta Cristina. Estas son:
.- Servicios de asesoramiento y coaching.
El encargo lo realizó personalmente Cristina de Borbón y el servicio
prestado consistió en el asesoramiento sobre dos temas: presentaciones y
los roles como competencias de la Dirección. La factura está emitida
por Margarita Martí Ripoll en septiembre de 2007.
.- Curso de formación de clases de baile de salsa y merengue prestadas en el domicilio familiar por Carmen Batlle Pifarré en julio de 2007.
.- Contratación de empleados del hogar familiar del matromonio en la que intervino personalmente la infanta Cristina "anunciado a los aspirantes, cuya situación irregular en España le era conocida, que de ser contratados se les abonarían sus salarios 'en negro'",
según el auto. Accedió a documentar esta relación laboral cuando los
empleados se lo pidieron para obtener el permiso de residencia "pero
haciendo figurar entonces como empresa contratante a Aizoon SL cuando
los empleados nunca prestaron sus servicios para tal entidad".
.- Dos facturas de 464 euros cada una, del año 2007, por el concepto de "selección de personal" emitidas por la empresa Sarriá Serveis dedicada a la mediación en la contratación del servicio doméstico.
"Se desconoce a qué personal se está refiriendo -explica el juez- pero,
tratándose de doméstico, parece claro que sí tendría mucho que ver con
la vivienda y nada con las oficinas de Aizoon S.L.".
.- Facturas de Siemens, de diciembre de 2005, por la adquisición de equipos de telefonía y comunicaciones por importe de 8.628 euros.
.- Instalación de una antena parabólica, receptor y monitor
de Siemens, en julio de 2006, por importe de 4.893,24 euros por
determinados trabajos que explícitamente se dice en la factura que han
sido realizados en "una vivienda unifamiliar".
.- Seguro del hogar sobre la vivienda familiar que se carga a Aizoon, S.L.
.- Factura de Talleres Colmenero, empresa dedicada a la realización de elementos decorativos estructurales, como son barandillas y pasamanos. El importe fue de 46.291,15 euros
y se cobró el 27 de enero de 2006. Los trabajos se realizaron, según el
auto, en la vivienda familiar de Pedralbes, en Barcelona, copropiedad
de Iñaki Urdangarín y Cristina de Borbón. Así lo asegura el
administrador de la empresa, lo que al juez le resulta creíble ya que Aizoon estaba registrada en esas fechas en un piso de la calle Balmes compartido con otras 11 empresas más.
.- Factura de López Lanjarin Hnos, empresa dedicada al doble acristalamiento y emitida en diciembre de 2005 a Aizoon por importe de 28.914,75 euros.
Estos gastos son expuestos por Castro
"a título de ejemplo" porque la cuantía de las facturas indebidamente
contabilizadas a cargo de Aizoon es "muy superior".
El auto concluye que todo indica que la infanta Cristina debió participar activamente en la organización y presupuestos de los gastos de caracter personal que pagó Aizoon con dinero público: "si
ella no los abonó de su propio peculio y debiera saber que tampoco lo
hizo su marido, no pudo pasársele por alto que lo fueron por la
entidad mercantil participada por ambos", razona el juez Castro.
El auto concluye que la infanta
participó de las actividades de su esposo "lucrándose en propio
beneficio" y "facilitando los medios para que lo hiciera" Urdangarín,
mediante "la colaboración silenciosa de su 50 % de capital social de los
fondos ilícitamente ingresados" en la empresa familiar Aizoon.
El juez Castro razona en el auto en el que concreta los delitos de esta pieza separada del caso Palma Arena
que la mercantil Aizoon no ha repartido dividendo alguno entre sus dos
socios, la infanta Cristina e Iñaki Urdangarín. "Lo que se aviene mal"
con que simultáneamente se carguen a Aizoon gastos "tan estrictamente personales"
como son los facturados a esa empresa, así como los costes de los
empleados del servicio doméstico "que fueron contratados directamente
por la propia doña Cristina de Borbón y Grecia a sabiendas de que se
repercutirían a Aizoon S.L."
La desviación de fondos del Instituto
Noos a Aizoon para reducir su base imponible del Impuesto de Sociedades
lleva al juez a colegir que los gastos personales cargados a Aizoon "se estarían financiando con cargo al erario público".
Recuerda el juez en su auto que los dos
únicos socios de Aizoon son cónyuges, que ambos se repartían
personalmente la presidencia de la sociedad, donde se cargaban los
gastos personales del matrimonio, compartían tarjetas de crédito y el
domicilio social era la residencia del matrimonio.
'Colaboró activamente'
La intuición del juez Castro es que
todas las entidad de la trama "respondían a una unidad organizativa
con comunes órganos de gobierno y sedes sociales", donde los
trabajadores se adscribían "caprichosamente" a las distintas empresas
con independencia de para cuál de ellas se prestaba el servicio.
Según el modus operandi, la intervención de Aizoon, de la que la infanta es socia al 50%, fue "imprescindible para la consumación de la defraudación" fiscal, hecho que ha reiterado la propia Agencia Tributaria.
Los supuestos delitos contra la Hacienda
Pública que el juez imputa a Iñaki Urdangarín, en los ejercicios 2007 y
2008, "dificilmente se podrían haber cometido sin, cuando menos, el
conocimiento y aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a
terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira
para otro lado".
En contra de la tesis de la defensa, el juez Castro considera que hay "sobrados indicios" de que la infanta Cristina "colaboró activamente" en las irregularidades de la empresa Aizoon.
Castro sostiene que Urdangarín
defraudó 182.005 euros en 2007 y 155.138 en 2008 en sus declaraciones de
IRPF. Estos supuestos delitos se atribuyen también a la infanta
Cristina porque se llevaron a cabo a través de Aizoon, al tiempo que también la imputa por el delito de blanqueo de capitales.
La empresa Aizoon cambió varias veces de domicilio y el juez instructor considera "difícil compatibilizar" el "trasiego domiciliario" con lo que la infanta Cristina "podría suponer que era una sencilla y entrañable entidad familiar".
El juez cierra la instrucción de este caso y atribuye a Urdangarín 25 presuntos delitos:
cinco de prevaricación, cinco de malversación de caudales públicos,
cinco de fraude a la administración y cinco de tráfico de influencias,
uno de falsedad en documento oficial, uno de falsificación de
documentación mercantil, uno de estafa y dos delitos de fraude a
Hacienda.
En total, el juez plantea que deben ser juzgadas 16
personas por supuesta malversación, prevaricación, fraude a la
Administración, tráfico de influencias, falsedad en documento público,
estafa, delitos contra Hacienda, falsificación y blanqueo.
La Audiencia de Palma estudiará los
recursos que se interpongan contra este auto y dictará el auto de
apertura de juicio oral contra las personas que deben ser procesadas en
base a los hechos descritos por el juez José Castro.