martes, 13 de julio de 2021

El Código de Nuremberg

 Inoculaciones forzadas violan el Código de Nuremberg.
01 El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial. Esto significa que la persona involucrada debe tener capacidad legal para dar su consentimiento; debe estar situado de manera que pueda ejercer el libre poder de elección, sin la intervención de ningún elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción, extralimitación u otra forma ulterior de coacción o coacción: y debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos del tema en cuestión como para permitirle tomar una decisión comprensiva e inteligente.
Este último elemento requiere que antes de la aceptación de una decisión afirmativa por parte del sujeto experimental se le dé a conocer la naturaleza, duración y propósito del experimento; el método y los medios que se llevará a cabo; todos los inconvenientes y peligros que se pueden esperar razonablemente; y los efectos sobre su salud o persona que posiblemente puedan provenir de su participación en el experimento.
El deber y la responsabilidad de determinar la calidad del consentimiento recae en cada individuo que inicia, dirige o participa en el experimento. Es deber y una responsabilidad personal que no puede delegarse en otro impunemente.
02 El experimento debe ser tal que produzca resultados frutíferos para el bien de la sociedad, imposibles de obtener por otros métodos o medios de estudio, y no aleatorio e innecesario por naturaleza.
03 El experimento debe diseñarse y basarse en los resultados de la experimentación con animales y el conocimiento de la historia natural de enfermedad u otro problema en estudio que los resultados anticipados justifiquen la realización del experimento.
04 El experimento debe realizarse de manera que se eviten todos los sufrimientos y lesiones físicos y mentales innecesarios.
05 No se debe realizar ningún experimento donde exista una razón a priori para creer que se producirá la muerte o una lesión incapacitante; excepto, quizá en aquellos experimentos donde los médicos experimentales también sirven como sujetos.
06 El grado de riesgo a correr nunca debe exceder el determinado por la importancia humanitaria del problema a ser resuelto por el experimento.
07 Deben realizarse los preparativos adecuados y proporcionarse las instalaciones adecuadas para proteger al sujeto experimental contra posibilidades incluso remotas de lesión, discapacidad o muerte.
08 El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente calidicadas. Se debe requerir el más alto grado de habilidad y cuidado en todas las etapas del experimento de aquellos que realizan o participan en el experimento.
09 Durante el curso del experimento, el sujeto humano debe tener la libertad de poner fin al experimento si ha alcanzado el estado físico o mental en el que la continuación del experimento le parece imposible.
10 Durante el curso del experimento, el científico a cargo debe estar preparado para terminar el experimento en cuarquier etapa, si tiene una causa probable para creer, en el ejercicio de la buena fe, la habilidad superior y el juicio cuidadoso que se requiere de él, que una continuación de es probable que el experimeto provoque lesiones, discapacidades o la muerte del sujeto experimental.

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